Herramienta 04 de 15
Calculadora de despido injustificado
Si te despidieron y crees que la causal no corresponde, estima cuánto podrías recibir si el tribunal te da la razón, y hasta qué día tienes para demandar.
Datos del despido
Valores usados: UF 41.231,70 al 28-10-2026, y UTM $72.151 de 10-2026. Fuente: CMF.
Resultado
Si el tribunal declara injustificado el despido
| Concepto | Monto |
|---|
Plazo para demandar
Hasta el
60 días hábiles desde el despido
Máximo, si reclamas en la Inspección
90 días hábiles desde el despido
El enlace no incluye tus montos. Solo se agregan al mensaje si marcas la casilla.
Cómo se calcula
- Base: tu última remuneración mensual, con todo lo que recibías al terminar el contrato: sueldo, comisiones, gratificación mensual, colación y movilización. No se incluyen las horas extra, la asignación familiar ni los pagos anuales o esporádicos. El tope es de 90 UF.
- Años de servicio: un mes de la base por cada año trabajado, y la fracción de más de 6 meses cuenta como año. Se necesita al menos un año de contrato, y el máximo es de 11 años.
- Recargo: el juez aumenta esa indemnización según la causal que usó el empleador (tabla de abajo).
- Aviso previo: se suma un mes de la base como indemnización sustitutiva del aviso previo. Si te despidieron por necesidades de la empresa con 30 días de aviso por escrito, no se suma, porque ya tuviste el aviso.
- Plazo: 60 días hábiles desde el despido, contados desde el día siguiente y sin domingos ni festivos. Un reclamo en la Inspección del Trabajo lo suspende, con un máximo de 90 días hábiles.
| Causal que invocó el empleador | Recargo |
|---|---|
| Necesidades de la empresa o desahucio (art. 161) | 30% |
| Vencimiento del plazo, fin de la obra o fuerza mayor (art. 159), o sin ninguna causal legal | 50% |
| Causas atribuidas al trabajador (art. 160) | 80% |
| Art. 160 N° 1, 5 o 6, si además el tribunal declara que no hubo motivo plausible | 100% |
Ejemplo resuelto
Rodrigo trabajaba en una bodega desde el 15-11-2019. El 30-06-2026 lo despidieron por «incumplimiento grave de las obligaciones del contrato» (art. 160 N° 7), con una última remuneración de $1.100.000. Él cree que la causal no corresponde y demanda.
- Tiempo trabajado: 6 años, 7 meses y 15 días. La fracción supera los 6 meses, así que se cuentan 7 años: 7 × $1.100.000 = $7.700.000.
- Recargo de 80% por la causal del art. 160: $6.160.000.
- Aviso previo: $1.100.000.
- Total si gana el juicio: $14.960.000. Como supera 15 ingresos mínimos ($8.303.295), la demanda va por el procedimiento de aplicación general.
- Plazo: contando desde el 01-07-2026, tiene hasta el 10-09-2026 para demandar. Si reclama antes en la Inspección, el plazo se suspende, pero nunca va más allá del 19-10-2026.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo un despido es injustificado?
Cuando el empleador invoca una causal que no logra probar o que no corresponde a tu caso, o cuando no invoca ninguna. No basta con que lo sientas así: lo declara el juzgado laboral. Por eso la carta de despido es clave, porque en ella el empleador debe indicar la causal y los hechos en que se funda.
¿Cuánto plazo tengo para demandar?
60 días hábiles desde el despido, sin contar domingos ni festivos. Si dentro de ese plazo reclamas en la Inspección del Trabajo, el plazo se suspende mientras dura el trámite, pero nunca puedes demandar después de 90 días hábiles desde la separación.
¿Tengo que reclamar primero en la Inspección del Trabajo?
Conviene. El reclamo suspende el plazo para demandar y te cita a un comparendo de conciliación con tu empleador, donde muchas veces se llega a un acuerdo. Además, es obligatorio si lo que reclamas no supera 15 ingresos mínimos ($8.303.295), porque esa demanda va por procedimiento monitorio, y también para pedir defensa gratuita.
¿Hay abogados gratis para demandar?
Sí. Si tu última remuneración no supera 2,36 ingresos mínimos ($1.306.385), puedes pedir representación gratuita a la Corporación de Asistencia Judicial, después de reclamar en la Dirección del Trabajo.
¿Puedo firmar el finiquito y demandar igual?
Sí, si al firmar dejas escrita una reserva de derechos, por ejemplo: «Me reservo el derecho a demandar por despido injustificado». El aviso de despido debe recordarte que puedes hacerlo, y la reserva no impide que te paguen los montos que no están en discusión. Si firmas sin reserva, después es muy difícil reclamar.
¿Qué pasa si no estaban pagadas mis cotizaciones?
Si al despedirte el empleador no tenía al día tus cotizaciones previsionales, el despido no pone término al contrato hasta que las pague (artículo 162, la llamada Ley Bustos), y debe pagarte las remuneraciones de ese período. Esta calculadora no suma esos montos.
¿Incluye las vacaciones y los sueldos que me deben?
No. Calcula solo lo que agrega un despido injustificado: la indemnización por años de servicio con su recargo y el aviso previo. Las vacaciones pendientes y proporcionales se pagan igual en el finiquito; puedes calcularlas en la calculadora de finiquito.
Fuentes oficiales
- Código del Trabajo, arts. 162, 163, 168, 172 y 496 a 500 (BCN)
- ChileAtiende: representación judicial de la CAJ por despido injustificado
- Gob.cl: feriados 2026
Última actualización:
Aviso: Resultado referencial; no reemplaza la liquidación de tu empleador ni la asesoría de un contador.
Para entender mejor
- Finiquito: qué te corresponde según cómo terminó tu contratoIndemnización por años de servicio, aviso previo y vacaciones según la causal; los plazos para pagar y firmar el finiquito, y qué hacer si no estás de acuerdo con el despido.
- Despido injustificado: qué hacer, plazos y cuánto puedes recibirPaso a paso después de un despido que crees injusto: la carta, la reserva de derechos, el reclamo en la Inspección, el plazo de 60 días hábiles, los recargos y cómo conseguir un abogado gratis.
Otras calculadoras
- Sueldo líquidoDe bruto a líquido y de líquido a bruto, con AFP, salud, cesantía e impuesto.
- Boleta de honorariosRetención de 2026 y 2027, de bruto a líquido y al revés.
- FiniquitoIndemnización por años de servicio, aviso previo y vacaciones pendientes.
- Vacaciones proporcionalesDías que te corresponden y su valor en pesos.
- GratificaciónGratificación legal mensual o anual, con el tope de 4,75 ingresos mínimos.
- Horas extraValor de la hora extra con la jornada de 42 horas y el recargo legal.
- Semana corridaPago de domingos y festivos si ganas comisiones o tratos.
- Contrato vs honorariosCuánto queda líquido con contrato y con boletas, y qué cubre cada opción.
- IVAAgrega o quita el IVA de 19% a cualquier monto.
- Crédito de consumoCuota, intereses, CAE y tabla de amortización.
- Crédito hipotecarioDividendo en UF y en pesos, intereses y costo total.
- Meta de ahorroCuánto ahorrar al mes o en cuánto tiempo llegas a tu meta.
- Conversor UF y UTMUF y UTM a pesos y viceversa, con el valor del día.
- IndicadoresUF, UTM, sueldo mínimo y topes imponibles vigentes.